Receta genérica que no aplica al rubro
Muchos proveedores entregan 'el extintor estándar' sin mirar qué actividad se realiza en el local. Eso puede resultar en un equipo incorrecto que no satisface la inspección aunque esté nuevo y en fecha.
Abrir un local en CABA implica cumplir con la Ley 19.587, el Decreto 351/79 y el Código de la Edificación antes de que nadie te dé el visto bueno. El problema es que nadie te entrega una lista unificada: los requisitos varían según el rubro, la superficie y la carga de fuego del espacio. Lo que vale para una oficina de 80 m² no sirve para una cocina comercial, un local de pintura o un depósito. Entrar al proceso sin esa diferenciación genera retrasos, obra repetida y costos que no estaban en el presupuesto inicial.
Anexo VII
Decreto 351/79: define categorías de riesgo A, B y C que determinan los requisitos exactos para cada tipo de actividad
NFPA 10
Estándar internacional para extintores: cantidad, tipo y ubicación según carga de fuego y superficie del establecimiento
Ley 5920
CABA: obliga a ciertos establecimientos a implementar Plan de Autoprotección con personal capacitado y simulacros anuales
Problemas reales, no humo de marketing
Muchos proveedores entregan 'el extintor estándar' sin mirar qué actividad se realiza en el local. Eso puede resultar en un equipo incorrecto que no satisface la inspección aunque esté nuevo y en fecha.
La habilitación no solo pide matafuegos: requiere salidas de emergencia con ancho suficiente, señalización fotoluminiscente visible y iluminación de emergencia operativa. Cumplir solo con los extintores no cierra el expediente.
Un extintor sin certificado de mantenimiento es lo mismo que no tenerlo, a efectos de una inspección. La documentación no es un trámite paralelo: es parte del cumplimiento.
Criterio técnico
Cada propuesta está pensada para que el sistema sea aprobable, mantenible y defendible frente a auditorías, aseguradoras y organismos de control.
Alcance del servicio
Se determina la categoría de riesgo del establecimiento según Decreto 351/79, la carga de fuego estimada y los medios de extinción, escape y señalización que requiere el rubro específico.
No un checklist genérico: una lista basada en el local real, el rubro y la superficie. Se separan los requisitos obligatorios para habilitación de los que se pueden implementar en una segunda etapa.
Extintores del tipo y cantidad correctos, señalética fotoluminiscente, iluminación de emergencia y cualquier sistema adicional que el rubro requiera. Todo con certificados de mantenimiento vigentes.
Planilla de higiene y seguridad (Ley 19.587), certificados de mantenimiento, y si aplica, memoria técnica para Bomberos. Todo lo que el organismo puede pedir, disponible antes de la inspección.
Comparación útil
Método de trabajo
Paso 1
La categoría de riesgo del Decreto 351/79 depende de la actividad. Antes de hablar de equipos, hay que entender qué se va a hacer en el local y cuántas personas van a ocuparlo.
Paso 2
Se visita el local para evaluar layout, salidas existentes, alturas, materiales y condiciones del inmueble. Muchos espacios tienen limitantes estructurales que hay que resolver antes de la apertura.
Paso 3
Se instalan los extintores en las posiciones correctas, la señalética fotoluminiscente en los recorridos de evacuación y la iluminación de emergencia según normativa IRAM.
Paso 4
Se entrega toda la documentación necesaria para el expediente de habilitación. Si el rubro requiere intervención de Bomberos, se prepara la memoria técnica específica.
Escenarios frecuentes
No todos los inmuebles tienen el mismo riesgo ni el mismo nivel de exigencia documental. Por eso trabajamos con criterios de uso, ocupación, antigüedad del edificio, aseguradora y exigencias de operación.
El rubro con más requisitos específicos: extintor Clase K en cocina, campana con sistema de supresión si corresponde, señalización de salidas, iluminación de emergencia y habilitación previa de Bomberos en ciertos casos.
La cantidad y tipo de extintores varía según la carga de fuego (textil, papel, electrónica). Las salidas de emergencia y la señalización suelen ser los puntos que más retrasan la habilitación.
Riesgo bajo en general, pero con requisitos de señalización y salidas que muchos propietarios subestiman. La Ley 5920 puede aplicar según la ocupación y el tipo de edificio.
Alta carga de fuego, posibles solventes o materiales inflamables. Suelen caer en categoría de riesgo A o B, lo que implica sistemas de detección y protección más completos que un simple extintor.
Señales de confianza




Preguntas que aparecen siempre
Depende del rubro, la superficie y la categoría de riesgo según el Decreto 351/79. La NFPA 10 establece como referencia un extintor cada 250 m² para riesgo bajo, pero en gastronomía, talleres o depósitos la cantidad y el tipo cambian. Sin ver el local, cualquier número es estimación.
Depende del rubro y la superficie. Algunos rubros y metros cuadrados requieren intervención directa de Bomberos con planos y memoria técnica. En otros, basta con documentar el cumplimiento. El tipo de actividad y la carga de fuego son los factores que lo definen.
En CABA, operar sin habilitación comercial está penado por la Ley 451. Algunos rubros permiten una apertura provisoria mientras se completa el expediente, pero eso no aplica para actividades con alto riesgo de incendio. Conviene verificar el estado del expediente antes de abrir.
La habilitación no es transferible en la mayoría de los rubros. Si cambia la actividad o el titular, hay que iniciar un nuevo expediente. Además, los requisitos pueden haber cambiado desde la última habilitación. Un relevamiento actualizado es el punto de partida correcto.
Fuentes consultadas
Estas referencias no reemplazan el relevamiento del caso real, pero sirven para sostener decisiones de diseño, mantenimiento y documentación con base más seria que una opinión suelta.
Define categorías de riesgo A, B y C por actividad y carga de fuego. Base técnica para determinar tipo, cantidad y ubicación de equipos de extinción requeridos.
Art. 9: el empleador debe adoptar medidas de prevención y protección contra incendio e instalar equipos adecuados. Base legal de todas las obligaciones del empleador.
Establece qué establecimientos en CABA deben implementar un Plan de Autoprotección. Relevante para determinar si aplica al rubro y la superficie del local a habilitar.
Referencia técnica para cantidad, tipo, ubicación e inspección de extintores portátiles según clase de fuego esperada y magnitud del riesgo.
Establece condiciones de seguridad contra incendio exigibles en inmuebles de CABA: medios de escape, señalización, equipos y sistemas según uso del edificio.
Aclaracion importante
La informacion publicada en esta pagina tiene fines informativos, comerciales y editoriales generales. Las soluciones, tecnologias, normativas, casos de uso y tipos de intervencion mencionados no implican necesariamente que Dakari Group SRL preste todos esos servicios en todos los rubros, ubicaciones o proyectos.
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